miércoles, 20 de mayo de 2009

El acceso a la función pública en educación (conservatorios) - 1ª parte


En la entrada correspondiente al mes abril toqué de forma indirecta algunos asuntos que, dada su importancia, preferí no desarrollarlos y tratarlos con cierta profundidad en sucesivos artículos. Es el caso del acceso a la función pública en educación y, más concretamente, en enseñanza musical (conservatorios). Por su implicación directa, este artículo está dirigido, especialmente y con carácter informativo (aunque también con algo de reflexión y crítica), a los estudiantes de conservatorios superiores y profesionales (que tengan como opción los estudios superiores), en previsión de un inevitable acontecer, a corto y medio plazo respectivamente, en su vida discente: la finalización de los estudios superiores.

La complejidad del tema obliga a abordarlo a partir de un análisis de los elementos que participan en este "fenómeno" para, posteriormente, reflexionar, contrastar y opinar. Por lo tanto comenzaremos despejando la primera incógnita: ¿quién participa en un proceso de selección para la provisión de plazas en conservatorios? La respuesta es fácil (¡pero sorprendente!), por un lado tenemos a los "opositores", es decir, aquellos que estén (cito literalmente el texto de la convocatoria última) en posesión de la titulación (¿superior de música?, pensaréis; pues no, ya veréis) de Doctorado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, o título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia (y "otras yerbas" podrían decir y quedarse tan panchos). Pero... ¿y el Título Superior de Música?, os estaréis preguntando; pues resulta que la administración educativa nos mete en el apartado "otras yerbas", digo... títulos equivalentes a efectos de docencia. Quiero reclamar vuestra atención para que observéis, no sólo un tratamiento a nuestras enseñanzas más próximo a la humillación que a la exaltación, sino el trato discriminatorio con otras titulaciones, y la ostentación que se hace de éstas al redactarlas en mayúscula (la negrilla es mía). Alguien de la administración o próximo a ella puede tacharme de quisquilloso, y justificar esas "menudencias" como "cosa del editor del boletín oficial de turno". Quizás tenga razón y mi suspicacia me lleve a estas "extravagantes interpretaciones", pero lo que no puedo negar es el lacerante sentimiento de deshonor y desmerecimiento que siempre ha despertado en mí el leer los requisitos para nuestras oposiciones, cuando he tenido la suerte o la desgracia (no sé ya qué pensar) de formar parte de tribunales de oposición, desde que nuestros títulos superiores son equivalentes a los universitarios, pero sin ser universitarios.

Claro que aquí podríamos entrar en otro debate (y no menos peliagudo) que sería el preguntarnos: ¿y por qué los estudios musicales no tienen rango universitario? Pero esto no da para más. Así que seguimos con los protagonistas de las oposiciones.

Decíamos que teníamos por un lado a los opositores, y por otro a los miembros del tribunal, de los que me encargaré más adelante. Pero, además, también tenemos a la administración educativa, que dicta el procedimiento a seguir para realizar la selección, es decir, es la que se encarga de diseñar las diferentes pruebas, cuantificar su grado de participación en la calificación final, establecer las baremaciones, designar tribunales, comisiones, coordinadores, ... y muchas más cosas. Que... ¿quién decide esas cosas?, pues es un misterio, al menos para mí (no dejo de reconocer mi falta de habilidad en estas lides); nunca he podido averiguar quiénes son, por qué motivos se les selecciona o encomienda a ellos para esa tarea, ni qué criterios siguen para establecer las pruebas, la ponderación de las mismas y otras muchas incógnitas.

En fin, ya tenemos a los tres protagonistas de la película. Aunque yo diría que hay más, si también tenemos en cuenta la relación existente entre la formación inicial del profesorado (estudios superiores) y la participación en una convocatoria de pruebas selectivas para cubrir plazas de profesor en conservatorios. Efectivamente, me estoy refiriendo a la responsabilidad que tiene la administración educativa con los estudiantes superiores de conservatorio en lo que se refiere a su formación como futuros profesores y, por consiguiente (aunque actualmente no existe una relación directa), para afrontar con ciertas garantías de éxito las pruebas de la oposición.

Resumiendo, en el próximo artículo (porque ya me parece algo extenso y, además, así creo un poquito de expectativa) analizaremos los personajes de esta función, a saber: los opositores, los miembros del tribunal, la administración educativa (como poder legislativo en el ámbito de los procedimientos selectivos para acceso a la función pública en educación) y la enseñanza superior. Y, además, me gustaría hacer una reflexión sobre la validez de dichas pruebas, así como proponer fórmulas alternativas. Pero eso, como ya dije, será en el próximo artículo.

Muchas gracias por vuestro tiempo y paciencia.
Saludos,
JAC

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