sábado, 1 de mayo de 2010

La cara oculta de las oposiciones

La elaboración de este artículo, además de enjundiosa, ha sido ciertamente difícil, incómoda y embarazosa porque he tenido que tocar aspectos, por otra parte de justicia, que atañen directamente al colectivo al que pertenezco -Profesores de Música y Artes Escénicas-, al que sinceramente, y de antemano, pido disculpas por si en algún momento mis observaciones llegaran a ser causa de malestar, nada más lejos de la intencionalidad de esta reflexión.
Y, precisamente, el motivo de esta desazón es que no tengo nada en contra de este colectivo en cuanto a lo que aquí vamos a ventilar, pero, por otro lado, no podemos olvidar la responsabilidad indirecta de sus injustas consecuencias, impelido por el verdadero responsable, a todos los efectos, y centro de interés de nuestra mirada crítica, la administración educativa, pues es ella quien obliga al profesorado a hacer lo que un enorme porcentaje de docentes detesta: ser miembros de un tribunal de oposición. Ése es el tema que hoy traigo a reflexión, la prueba que constituye la fase de oposición a conservatorios (de lo que sea: música, danza o arte dramático), y la competencia de los miembros de los tribunales que las juzgan en cada uno de los diferentes ejercicios de los que consta el proceso selectivo para el ingreso en la función pública, que es como se denomina lo que vulgarmente se conoce como "oposición".
Vaya por delante mi desacuerdo total con el actual sistema de oposiciones, pues, según mi criterio, no cumple con la finalidad para la que supuestamente está diseñado: contratar a los mejores especialistas en cada materia -en nuestro caso a los mejores profesores para las asignaturas de las enseñanzas artísticas-. Es decir, que el actual sistema de oposiciones no garantiza que quien apruebe se ajuste al perfil que nuestras enseñanzas necesitan. Y, no por ello, quiero quitar mérito a los que las han sacado y gozan ahora de su magisterio y de su plaza, pero sí poner de manifiesto que, posiblemente, muchos excelentes profesores no han sido detectados (aprobados) por la manifiesta imperfección del sistema.
Pero... ¿por qué te metes en este lío, si conoces la severa hipoacusia que padece la administración educativa en lo que respecta a admitir críticas y sugerencias, a admitir errores y a salvarlos con coraje y altura de miras?, ¿no te das cuenta que el primer perjudicado puedes ser tú, por hablar de un tema tabú?, ¿qué ganas con todo esto? (pensamientos que se atropellan en mi interior a medida que escribo esta reflexión)
Tranquilidad. Tranquilidad de conciencia, eso es lo que me mueve a hacer lo que estoy haciendo.
Todos los que disfrutamos -y más en los tiempos que corren- de la condición de funcionario de carrera de la administración pública, hemos sido opositores alguna vez y hemos pasado por las vicisitudes propias de una oposición. Posiblemente ya no nos acordemos de lo que, en aquella condición, considerábamos absurdo, insensato o disparatado en cuanto a contenido, naturaleza de los ejercicios y estructura de la prueba. Es posible, incluso, que alguno piense algo tan español como decir que "si yo lo pasé mal, los demás no van a ser menos". Sin embargo, creo, sinceramente, que es nuestro deber como docentes denunciar todo aquello que consideremos injusto e inútil para bien (fijaros bien de lo que voy a decir) ¡de nuestros hijos!, ¡de su educación en la escuela y en el conservatorio!, ¡de su educación en valores!, ¡de su educación como futuros ciudadanos! Creo que no es justo que reconozcamos en pasillos y tertulias las deficiencias del sistema selectivo, lo critiquemos, busquemos todo tipo de eximentes para "librarnos" de ser elegidos como miembros de un tribunal de oposición, pero que no movamos un dedo para denunciarlo, y aún menos para aportar soluciones. Creo, en definitiva, que ha llegado el momento de mostrar una realidad poco conocida: la cara oculta de las oposiciones.
Pero vayamos por partes. Veamos en qué consisten los ejercicios de la fase de oposición al cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, y lo haremos de forma ágil y resumida para no aburrir al lector con la terminología legal.
A continuación, hago un extracto de los diferentes ejercicios de la prueba:
  1. Escribir durante dos horas sobre un tema elegido por sorteo de los aproximadamente 25 temas (unas especialidades más y otras menos). El contenido de estos temas es variado -organología, técnica, literatura, convenciones interpretativas, estética, estilos musicales, historia, pedagogía, currículo, didáctica...-. Con este ejercicio se pretende establecer el nivel de conocimientos específicos de los aspirantes para impartir docencia.
  2. Realizar por escrito un análisis formal, contextual y didáctico, en el espacio de una hora.
  3. Interpretar un repertorio (para especialidades instrumentales) durante veinte minutos, o realizar un ejercicio alternativo (para asignaturas teórico-prácticas). Este ejercicio, junto con el anterior, está diseñado para comprobar que los aspirantes poseen una formación científica (¿?) y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las materias propias de la especialidad por las que opten.
  4. Presentar por escrito y defender oralmente una programación didáctica (documento curricular que desarrolla las intenciones educativas de los opositores con relación a un curso determinado).
  5. Elaborar y exponer una unidad didáctica (previamente seleccionada por sorteo de entre las 15 que el opositor presenta) relacionada con su especialidad o asignatura y el curso elegido (especie de disertación sobre cómo los aspirantes impartirían una clase sobre alguno de los contenidos de la programación). Este ejercicio y el anterior tienen por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica de los aspirantes y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia.
La valoración de los ejercicios que a continuación presento se produce en la mayoría de las comunidades, incluida Andalucía, en las demás la diferencia estriba en otorgarle un punto más al ejercicio de interpretación y análisis en detrimento del didáctico:
  • Temas: 4 puntos
  • Programación didáctica y unidad didáctica: 4 puntos
  • Interpretación (1.5) y Análisis (0.5) o ejercicio sustitutivo en el caso de asignaturas no instrumentales: 2 puntos
A continuación trascribo literalmente texto entresacado de la normativa sobre el procedimiento de selección y composición de los tribunales:
"Los tribunales estarán formados por personal funcionario de carrera en activo de los cuerpos docentes..."

"...la participación será obligatoria..."
Es decir, que la administración educativa considera a todos los funcionarios de carrera en activo ¡potenciales expertos en selección de recursos humanos!
Veamos, a continuación y en términos generales (pues, afortunadamente, hay excepciones), el nivel de competencias de los miembros de un tribunal para cualquier especialidad o asignatura del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas. Con ello no pretendo criticar ni poner en evidencia a los miembros de los tribunales, sé que cuando son elegidos, la mayoría lo hace por obligación, de mala gana, y siendo conscientes de las lagunas propias y ajenas con relación a algunos contenidos de la prueba; lo que intento es desvelar la realidad que se oculta detrás de esta incomprensible estrategia "empresarial" de la administración para la selección de personal.
TEMAS. Exceptuando recientes aprobados de la convocatoria inmediatamente anterior, preparadores y estudiosos o investigadores (una minoría dentro del conjunto de profesores), el conocimiento que se tiene de los 25 temas (aproximadamente) es muy superficial, y en algunos casos, incluso, nulo. Esto es algo natural en la enseñanza, y no hay que avergonzarse por ello, pues el profesor conoce los aspectos teóricos generales que le permiten desarrollar sus clases prácticas con total normalidad; sin embargo, y en la mayoría de los casos, son muchos los aspectos musicológicos, técnicos o interpretativos que, o se han olvidado, o debido a una falta de formación y actualización permanente en su campo, escapan a su control. Primera irregularidad, incoherencia e injusticia: el opositor tiene mucho más conocimiento de los temas que la mayoría de los miembros del tribunal que le juzgan.
ANÁLISIS. Considerando la triple vertiente de este ejercicio -formal, contextual y didáctico-, y pensando que la mayoría de los profesores tienen una mayor o menor idea de estructuras y contextos musicales, la objetividad en la calificación de este ejercicio queda algo en entredicho, pues el análisis didáctico no es una práctica habitual entre las tareas del profesor de conservatorio. Esta situación, como veremos más adelante, tampoco es achacable al profesorado.
INTERPRETACIÓN. Llegamos al ejercicio sobre el que los miembros del tribunal tienen mayor nivel de competencia, la interpretación o el ejercicio sustitutivo. Pero lamentablemente, el valor de esta prueba estriba entre el 15% y el 25% -según comunidades- del valor total de la fase de oposición.
PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA Y UNIDAD DIDÁCTICA. Para evaluar la capacidad pedagógica de los aspirantes, en vez de recrear una situación real de aula, por ejemplo, dar clase a un alumno, algo en lo que los miembros del tribunal son verdaderos expertos, éstos tienen que leerse la programación didáctica de cada aspirante, escuchar su defensa durante media hora y, de nuevo, escuchar la exposición de una unidad didáctica -todo sin alumno, sin material didáctico, a veces hasta sin instrumento e incluso sin poder utilizar la pizarra-. Pues bien, para la mayoría de los profesores de conservatorio la unidad didáctica no existe, ni es aplicable a nuestras enseñanzas instrumentales; y la programación didáctica no es más que un documento que hay que elaborar porque lo pide la dirección del centro, y a ésta el servicio de inspección educativa, y cuya única utilidad es "la lista de obras", es decir, el repertorio adecuado a cada nivel de enseñanza instrumental (algo muy importante, pero no lo único dentro de un contexto curricular), o la relación/secuenciación de contenidos en las demás asignaturas teóricas. De nuevo, rompo una lanza en favor del profesorado pues, el modelo curricular no está pensado para nuestras enseñanzas y, a pesar de ello, se nos ha impuesto de manera imperativa, indiscriminada, sin estudio previo de viabilidad por la idiosincrasia de nuestros estudios, sin evaluación de su eficacia en las especialidades instrumentales, y todo ello por un único motivo: conseguir que las enseñanzas musicales encajaran en el sistema educativo general, es decir, en el modelo curricular, a costa de lo que fuera necesario. El resultado ha venido siendo que los jefes de departamento, en especial, poco a poco se van haciendo expertos en elaborar programaciones didácticas para salir del paso, que luego no son aplicadas por el profesorado por las razones vistas, sin entrar en otras consideraciones. Con todo lo dicho, y aún a riesgo de parecer paradójico, al mismo tiempo que critico la forma de implantación impositiva del modelo curricular en nuestras enseñanzas, también quiero manifestar mi apuesta por dicho modelo educativo, y especialmente por su aplicación a nuestras enseñanzas (pues su naturaleza no admite carga ideológica, principal peligro del modelo curricular), y mis trabajos de investigación de muchos años en esa línea lo demuestran (Programación Didáctica Experimental, Desarrollos Didácticos, Programa de Aprendizaje Inductivo, Programa de Aprendizaje Contrapuntístico, diseño de instrumentos de evaluación -aplicación SHERPA-...), pero siempre y cuando se adapte a nuestras peculiaridades, para llegar a convertir la programación didáctica en un documento de extraordinaria utilidad para el profesor, que concilie el modelo por objetivos con la tradición en la enseñanza instrumental. De lo que se desprende que el poco conocimiento que los miembros del tribunal puedan tener sobre programaciones y unidades didácticas se resume a un modelo ficticio, en el mejor de los casos, e inútil para nuestras enseñanzas. Segunda irregularidad, incoherencia e injusticia: el opositor puede tener mucho más conocimiento que la mayoría de los miembros del tribunal sobre el modelo curricular, programación didáctica y unidades didácticas.

¿Cómo se puede explicar a un aspirante opositor que los miembros de un tribunal -potenciales "expertos en selección de recursos humanos", según la administración educativa- no tengan un mínimo nivel de competencia para poder evaluar con garantías de objetividad y eficacia todos los ejercicios que constituyen la oposición?, ¿cómo es que la administración educativa promueve y potencia esta situación?, ¿cómo se puede entender que ni el Instituto de Evaluación Educativa del Ministerio de Educación, ni las agencias e institutos de evaluación educativa de cada comunidad autónoma, junto a sus respectivas legiones de expertos, no busquen la tan "cacareada" excelencia en la educación allá donde verdaderamente hace falta, allá donde se puede iniciar desde la base del sistema?, ¿cómo es posible que los profesores permitamos esta injusticia -para nosotros mismos y para los opositores- y "no digamos ni mu"?
Por más que lo pienso, no encuentro respuestas sensatas que justifiquen este desaguisado, por lo que no me queda otra que preguntarme: ¿serán alucinaciones mías?...
Realmente es triste tener que contar estas cosas, y trágico que en verdad ocurran.
Para quienes vean en este artículo sólo críticas a la administración, les invito a leer otro artículo de mi blog "El acceso a la función pública: las pruebas", en el que ofrezco un paquete de 10 medidas para comenzar a cambiar este sinsentido y unos cuantos argumentos que lo justifican.
Antes de finalizar, reitero mis disculpas al colectivo de profesores que "sin comerlo, ni beberlo" han sido sujetos indirectos de esta reflexión, pero como convendréis conmigo, no había otra forma de hacerlo.
Apelo, en esta conclusión final, al sentido común del que, de vez en cuando, la administración educativa hace gala, para que, al menos, en estas inminentes oposiciones, los profesores que van a ser miembros de los tribunales, reciban una formación intensiva, especialmente, sobre aspectos curriculares y didácticos, que palie en lo posible esta desafortunada situación.
Muchas gracias por la paciencia demostrada al haber llegado hasta el final.
JAC

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